viernes, 1 de octubre de 2010

¿España puede vender armas a Marruecos?

La revista shukran acaba de publicar el ejemplar número 28, correspondiente al mes de septiembre, y que en esta ocasión ha contado con la colaboración del Observatorio Aragonés para el Sahara Occidental para un artículo relativo a la venta de armas de España a Marruecos.







Cualquier ciudadano informado es conocedor que tres cuartas partes del Sáhara Occidental se encuentran ocupadas militarmente por Marruecos desde hace más de 35 años. Durante el periodo que duró la guerra entre Marruecos y el Frente POLISARIO, Marruecos no dudó en bombardear a civiles indefensos que huían por el desierto hacia territorio argelino. En estos bombardeos empleó fósforo blanco y napalm. Por estas acciones, y otras, se investiga judicialmente a autoridades marroquíes por un presunto delito de genocidio contra la población saharaui. Aunque no se logró la paz, la guerra cesó -temporalmente- con un alto el fuego alcanzado en 1991, de cuya supervisión se encargan los cascos azules de Naciones Unidas. Sin embargo, la ilegal ocupación militar y policial permanece a día de hoy. Si Marruecos no se retira del Sáhara, entre otros motivos, es gracias al dominio y superioridad militar sobre un territorio que no le pertenece. Lo que no todo el mundo conoce es que el Gobierno español autoriza transferencias de armamento al ejército marroquí. La aplicación de la Ley 53/2007, de Comercio Exterior de material de defensa y de doble uso, norma que establece cuales son los requisitos que se deben de cumplir para exportar armas a terceros países, debería impedir estas exportaciones. La Junta Interministerial de Material de Defensa y Doble (JIMMDU) es el órgano que preceptivamente tiene la función de informar cada una de las solicitudes de exportación. Preocupados por esta situación, el pasado mes de abril, diferentes organizaciones sociales y jurídicas, entre las que se encuentra AFAPREDESA y el Observatorio Aragonés para el Sahara Occidental, presentamos una denuncia ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio solicitando que se revoquen las licencias concedidas, que se nos diera vista de diferentes expedientes administrativos y que se paralizaran las transferencias de armamento a Marruecos.


En la respuesta de la Secretaria de Estado de Comercio, Dª Silvia Iranzo asegura que “las autoridades españolas han valorado las condiciones de uso […] de forma que se garantice que el destino, usuario y uso finales del material exportado sean los autorizados por el Gobierno español y se impida una reexportación o un uso no deseados”. Después, el 8 de junio, en su comparecencia ante la Comisión de Defensa del Congreso defendió la venta de material de defensa y doble uso a Marruecos por considerar que estas exportaciones no violan los Derechos Humanos ni alimentan conflictos en curso y por estimar que los productos no serán utilizados con fines de represión interna, añadiendo que "en ningún momento, se ha destinado a alimentar el conflicto que el país tiene abierto con el Sáhara”.

Los criterios establecidos en el artículo 8 de la Ley 53/2007 son claros: se deben rechazar las exportaciones de armas “cuando existan indicios racionales de que el material de defensa, el otro material o los productos y tecnologías de doble uso puedan ser empleados en acciones que perturben la paz, la estabilidad o la seguridad en un ámbito mundial o regional, puedan exacerbar tensiones o conflictos latentes, puedan ser utilizados de manera contraria al respeto debido y la dignidad inherente al ser humano, con fines de represión interna o en situaciones de violación de derechos humanos, tengan como destino países con evidencia de desvíos de materiales transferidos o puedan vulnerar los compromisos internacionales contraídos por España. Para determinar la existencia de estos indicios racionales se tendrán en cuenta los informes sobre transferencias de material de defensa y destino final de estas operaciones que sean emitidos por organismos internacionales en los que participe España, los informes de los órganos de derechos humanos y otros organismos de Naciones Unidas, la información facilitada por organizaciones y centros de investigación de reconocido prestigio en el ámbito del desarrollo, el desarme y los derechos humanos, así como las mejores prácticas más actualizadas descritas en la Guía del Usuario del Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas”.




Informes de organizaciones internacionales de derechos humanos (Human Rights Watch, Amnistía Internacional,…) y documentos oficiales de organismos internacionales (informe del Parlamento Europeo del 2008, informe de la Misión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos del año 2006….) acreditan las violaciones de derechos humanos cometidas por Marruecos en el Sáhara Occidental y deberían conducir necesariamente al cese de este comercio letal. Los testimonios que nos siguen llegando cada día confirman que estas prácticas son una constante, ahora incluso pueden dar fe de ellas los diferentes grupos de españoles que han sido agredidos directamente por la policía marroquí. La confianza exhibida por la Secretaria de Comercio al manifestar haber “exigido documentos de control muy estrictos, en concreto certificados de último destino firmados por las autoridades del Reino de Marruecos, de forma que se garantice que el destino, usuario y uso finales del material exportado sean los autorizados por el Gobierno español y se impida una reexportación o un uso no deseados” no contribuye a tranquilizarnos. Es conocido el grado de respeto de Marruecos en materia de derechos humanos y su nivel de compromiso con el Derecho Internacional. Geoffrey Robertson, juez de apelación en el tribunal de la ONU de crímenes de guerra en Sierra Leona, refiriéndose a los certificados de último destino afirmaba que “esa certificación no vale ni el precio del papel en el que está escrita (o en el que es remitida por fax): no es legalmente vinculante en el país importador y solo se solicita para proteger de las críticas al Estado exportador cuando sus armas aparecen en las manos o en el lugar equivocados”.

Frente a la preocupación de las oenegés se alza el compromiso del Gobierno con la industria militar. Constantino Méndez, Secretario de Estado de Defensa, declaró en la prensa que “estamos decididos a apoyarlas e impulsar su internacionalización"…."Es verdad que hemos tardado en tomar conciencia de la importancia de tener una política de exportación. …debemos acompañar a las empresas con las relaciones entre gobiernos, algo que otros países hacen con naturalidad". La exigencia de transparencia e información es contestada con una negativa al acceso a los expedientes, escudándose en el carácter secreto de las actas de la JIMDU, impidiendo el control exhaustivo de las decisiones. No se sabe quienes se benefician de este comercio y si existen intereses individuales en que el conflicto permanezca estancado en la situación actual.

La vía administrativa ha quedado cerrada con la respuesta de la Secretaria Estado de Comercio, contra su decisión se ha interpuesto el correspondiente recurso contencioso-administrativo de manera que serán los Tribunales de Justicia los encargados de resolver la cuestión legal. En todo caso, siempre podrán plantear nuevas denuncias administrativas ante el Ministerio de Comercio, o de otro tipo, en relación al contenido de la Ley 53/2007 y teniendo en cuenta la situación y acontecimientos que se viven en Marruecos y en el Sahara Occidental.

Desde un punto de vista político, las exportaciones de armas a Marruecos dan aliento y legitimidad al Reino alauí. El pasado 15 de diciembre de 2009 se aprobó en el Congreso de los Diputados de España una Proposición no de ley, en cuyo punto 5, se insta a “seguir defendiendo las resoluciones aprobadas por el Congreso de los Diputados en el sentido de que el estatuto definitivo del Sáhara Occidental respete la legalidad internacional y sea el resultado del libre ejercicio del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación mediante referéndum de acuerdo con la carta de Naciones Unidas y las resoluciones del Consejo de Seguridad”. ¿Cómo se puede hacer compatible el contenido de esta proposición y a la vez armar a una de las partes del conflicto? Quizás sea con una adaptación de la conocida teoría del palo y la zanahoria cómo el Gobierno pretende contribuir a resolver la cuestión del Sáhara Occidental ¿Obligando a los saharauis a aceptar el proyecto de autonomía marroquí para deshacerse de un conflicto que le molesta y perdura en la agenda desde hace más de tres décadas por la ejemplar resistencia de los saharauis?

Sabemos que Marruecos se está armando hasta los dientes, en parte con armas españolas, y que los saharauis aguantan en condiciones extremas en los campamentos de refugiados gracias a la ayuda internacional, en parte española. El Gobierno español, en lugar de promover en los foros internacionales acciones en las que se exija a Marruecos el respeto del Derecho Internacional en la cuestión del Sáhara Occidental apoya militarmente al opresor y dosifica la ayuda humanitaria a las víctimas de esta situación. De esta manera quizás algún día nuestros gobernantes consigan que el Frente Polisario acepte un plan de autonomía marroquí por el que ya ha manifestado sus preferencias el ejecutivo español. Todo un ejemplo de la gran alma y visión de alcance de nuestros gobernantes, espíritu cuya comprensión está más allá de la capacidad de la sociedad española.

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