miércoles, 20 de abril de 2011

Noam Chomsky - Uprising Arab World

Noam Chomsky answers questions from Ken Loach, Paul Laverty, Alice Walker, Chris Hedges, John Berger and Amira Hass from Frank Barat on Vimeo.



Respondiendo a una pregunta de Amira Hass nos cuenta lo que otros pretenden ocultar: los levantamientos en los paises árabes empezaron en el Campamento Agdaym Izik (El Aaiun-Sahara Occidental) (minuto 13)

La familia del saharaui Said Dambar reclama justicia

DIAGONAL PERIODICO

Global

Libertades y derechos


Asesinado dos veces



Desde una jaima instalada en la azotea de una casa de Arrecife (Lanzarote), los hermanos de Said Dambar continúan reclamando justicia. Una de sus hermanas, Yamila, visitará en las próximas semanas Zaragoza. Denuncian que tres meses después del asesinato del joven saharaui por la policía marroquí, todavía no han podido ofrecer sagrada sepultura al cuerpo de Said, lo que para ellos representa no sólo la muerte física, sino también la espiritual.





La jaima en homenaje a Said, en una azotea en Lanzarote


Blanca Enfedaque (Lanzarote)
Miércoles 20 de abril de 2011.



El pasado 21 de diciembre, el joven saharaui Said Dambar salía de ver un el partido del Barcelona contra el Athletic de Bilbao de un cibercafé en El Aaiún, en los territorios ocupados por Marruecos. A pesar de que el partido finalizó alrededor de las 22 horas, la primera noticia que tuvo su familia sobre el paradero de Said fue a las tres de la madrugada, cuando varios policías vestidos de civil llamaron violentamente a la puerta del domicilio familiar.
Reclamaban su documentación marroquí, alegando que se había opuesto a una identificación y que se encontraba en las dependencias del gobernador (wali) de El Aaiún. Allí se llevaron a su hermano mayor, Mohamed, al que se le informó sobre un altercado entre Said y la policía al que “el gobernador trató de quitar importancia y comprar su silencio”, tal y como narran sus hermanos.
No fue hasta dos días más tarde cuando su familia conoció la verdad: Said se encontraba en la morgue del hospital con un tiro entre ceja y ceja y otro en el corazón.
Hoy, más de 120 días después, su cuerpo continúa retenido en el depósito de cadáveres, sin haberse realizado ningún examen forense, impidiendo cualquier denuncia sobre lo sucedido. De este modo, su muerte no sólo ha sido física, sino espiritual, puesto que el Islam, religión practicada por la familia, indica que el cuerpo fallecido debe recibir sagrada sepultura en los tres días siguientes a la muerte. “No está ni con los vivos ni con los muertos”, se lamenta su hermano Lehbib, “es la primera vez que Marruecos se atreve a hacer algo así”.
Para sus allegados, a la amargura sentida se suma un agravio: “se trataba del menor de la familia, en el que estaban depositadas las esperanzas –relata su hermano Khalil. Said era licenciado en Economía y posgraduado en la Universidad de Fez, deportista, respetuoso con sus padres y trabajador en el Ayuntamiento de El Aaiún. Defendía la causa de su pueblo pero no era un activista. Su asesinato ha sido una medida ejemplar para otros jóvenes saharauis, transmitiéndoles el mensaje de que da igual lo que traten de prosperar, siempre estarán amenazados por el hecho de ser saharauis”.

La angustia de no saber

Sembrar la incertidumbre es otra de las estrategias utilizadas por las fuerzas de seguridad marroquíes. Durante los dos días siguientes al 21 de diciembre, la familia de Said se apostó en la puerta del hospital Ben El Mehdi, incluidos sus padres, de 90 y 76 años. El goteo de noticias era confuso y contradictorio. Tras escuchar historias sobre que estaba hospitalizado por una riña callejera, que necesitaban permiso para ser operado, que se recuperaba favorablemente… finalmente, su hermana consiguió acceder al depósito de cadáveres y logró grabar con la cámara de su teléfono móvil imágenes del cuerpo de Said en las que se evidencia que la muerte fue por disparos, uno de ellos en la frente. “Ella también pudo ver que antes de dispararle le maltrataron, porque tenía los ojos verdes y la ropa rota”, recuerda Khalil.
El miedo a la represión marroquí hace callar a los testigos que presenciaron los hechos y que oyeron los disparos, pero la familia de Said Dambar comprende la situación y no se amedrenta por ello. Resiste fuertes presiones externas, que tratan de forzarles a aceptar un pacto que ocultaría todo lo sucedido. “Nos ofrecen trabajo para todos los hermanos a cambio de entregarnos el cuerpo amortajado, completamente tapado, para enterrarlo de noche y sólo en presencia de la familia más cercana”, asegura Lehbib. Mientras, Khalil añade: “incluso envían a gente que dice a mis padres que el hospital está sufriendo cortes de luz, por lo que las neveras no pueden evitar la descomposición del cuerpo de Said con el único propósito de sembrar la duda y forzarnos a aceptar el trato”.
Nada de esto va a conseguir callar la voz de esta familia saharaui. Pese a que participaron en el campamento de Gdeim Izik, como otras miles de familias, vivían integrados en la sociedad de El Aaiún. “La sangre de un hijo del pueblo saharaui no tiene valor a estas alturas. Lo único que cuenta es su dignidad”, afirma rotundo Khalil.
“Hoy, la lucha pacífica de la familia de Said, reclamando verdad y justicia, se centra en conseguir apoyos institucionales, como el recibido por el Cabildo de Lanzarote. Asimismo, preparan una querella que será presentada en la Audiencia Nacional española y recogen firmas para hacer más fuerte su grito exigiendo que se castigue a los culpables y se conozca la realidad de lo sucedido”, asegura José Morales, representante del Espacio Sahara de Lanzarote.
Por otro lado, Bachir Mansur, portavoz de la comunidad saharaui en Lanzarote, se muestra optimista por la coyuntura internacional tras los alzamientos en el norte de África. “La chispa de la libertad saltó en Gdeim Izik”, asevera Mansur. “Estamos pendientes de que se dote de competencias en derechos humanos a la misión de la ONU en el Sahara (MINURSO), si eso sucede, habrá muchos otros campamentos de la libertad”.



Se desvanece la esperanza del reencuentro

La última vez que Khalil vio a su hermano Said fue cuando éste tenía tres años, en 1987. En ese momento, la familia decidió trasladar a varios de los hermanos a los campamentos de refugiados, bajo el cuidado de la abuela, mientras que otros permanecieron en El Aaiún. Desde entonces, y pese a la distancia y al muro de la vergüenza, la familia construyó fuertes lazos alimentados con llamadas telefónicas o conversaciones vía Internet.
Esta es la historia de miles de familias separadas por el muro construido por Marruecos. La mayoría de ellas sigue adelante con la esperanza del reencuentro. La de Said Dambar, a partir de ahora, lo hará exclusivamente con el ánimo de esclarecer lo sucedido y con la fuerza que otorga el saberse defensor de la justicia.
Durante un tiempo, algunos de los hermanos, como Khalil y Lehbib, residentes en Lanzarote, instalaron una jaima con capacidad para 100 personas junto al Charco de San Ginés, en Arrecife. Allí recibieron la solidaridad de cientos de ciudadanos. Mientras, su hermana Yamila se está desplazando por distintos lugares de la península y de Europa para contar su lucha. Está previsto que en las próximas semanas visite Zaragoza para encontrarse con simpatizantes del Pueblo Saharaui. Desde Lanzarote, por el momento, el homenaje personal que han rendido a Said ha sido montar una jaima en una azotea. Para los descendientes de los hijos del viento la jaima es un símbolo de hogar, de lucha. Un homenaje a Said.
Al cierre de este reportaje, la embajada marroquí guarda silencio ante las peticiones de información sobre este caso.

martes, 19 de abril de 2011

La carrera de armamentos dificulta el arreglo pacífico

Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH)

Spanish Society for the International Human Rights Law

Société Espagnole pour le Droit International des Droits Humains

Zaragoza (España), 7 de abril de 2011

La carrera de armamentos dificulta el arreglo pacífico
de los conflictos internacionales

A esta conclusión se llegó al término de la charla-coloquio «La venta internacional de armas y los derechos humanos. Repercusión en los conflictos actuales», organizada por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y su Sección de Derechos Humanos.
El acto se celebró en el salón de actos del Colegio y fue moderado por el Vicedecano del mismo, abogado D. Cristóbal Ramo Frontiñán, quien presentó a los ponentes y agradeció la presencia de los asistentes, así como a los organizadores del mismo, pertenecientes a la entusiasta Sección de Derechos Humanos del Colegio.

A continuación, el abogado D. Luis Mangrané Cuevas, miembro de la Sección de Derechos Humanos del REICAZ, informó sobre la venta de armas de España a Marruecos y su incidencia negativa en el arreglo pacífico del conflicto del Sahara Occidental. Varios abogados han interpuesto un recurso en la jurisdicción contencioso-administrativa impugnando la legalidad de la autorización gubernamental de exportación de armas de España a Marruecos. El ponente explicó los detalles del citado recurso y abogó por la suspensión de la venta de armas a Marruecos mientras este país no reconozca el derecho del pueblo saharaui a su libre determinación, conforme al derecho internacional.

D. Carlos Villán Durán, presidente de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) y antiguo miembro de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Ginebra, disertó sobre el derecho humano a la paz y el desarme. Manifestó su total acuerdo con el anterior ponente en la afirmación del derecho del pueblo saharaui a su libre determinación, el respeto a todos los derechos humanos de ese pueblo y la ilegalidad de la venta de armas a Marruecos, pues son utilizadas para reprimir las legítimas aspiraciones de independencia del pueblo saharaui.
A continuación explicó los detalles de la iniciativa legislativa de la sociedad civil, liderada por la AEDIDH desde 2006, para trasladar el valor moral de la paz a la categoría jurídica de derecho humano. Cuatro declaraciones normativas (adoptadas en Luarca, Bilbao, Barcelona y Santiago) prueban que la paz es un derecho humano, con un contenido muy preciso, constantemente reivindicado por la sociedad civil en las cinco regiones del mundo: la paz y seguridad internacionales, el desarrollo económico y social de los pueblos y el respeto a todos los derechos humanos, sin discriminación.

La Declaración de Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz, de 10 de diciembre de 2010, y los Estatutos del Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz, en vigor desde el 10 de marzo de 2011, culminaron una campaña mundial de cuatro años que ha conducido la AEDIDH en todo el mundo a favor del reconocimiento internacional del derecho humano a la paz.
Esta iniciativa legislativa de la sociedad civil, que cuenta con el respaldo de más de 900 OSC y de numerosas instituciones públicas, influyó decisivamente en la aprobación de la resolución 14/3, de 17 de junio de 2010, del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, por la que se aceptó iniciar la codificación oficial del derecho a la paz y se encargó al Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos (18 personas expertas) la redacción de una declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz.
El derecho al desarme es un elemento esencial del derecho humano a la paz. Según el Art. 7.1 de la Declaración de Santiago, el desarme debe ser general y completo, bajo estricto y eficaz control internacional. Los Estados deben eliminar las armas de destrucción masiva, incluidas las nucleares, químicas o biológicas. Además, deben eliminar gradualmente sus ejércitos y bases militares en el extranjero.
El desarme es el revulsivo necesario a la carrera de armamentos que sufre el mundo desde el año 2001, como consecuencia de la «guerra contra el terror» decretada por la Administración del presidente Bush. Según el SIPRI, el gasto militar mundial en 2010 alcanzó la escandalosa cifra de 1.630 miles de millones de dólares, lo que supuso un incremento del 1,3% en relación a 2009, a pesar de la recesión económica. Los mayores exportadores de armas son los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que al mismo tiempo detentan el derecho de veto en las decisiones del órgano ejecutivo de la Organización ante situaciones que quebranten o pongan en peligro la paz y seguridad internacionales.
En contraste, aumenta el número de personas hambrientas en el mundo (1.000 millones) o en situación de extrema pobreza (1.500 millones). La violencia estructural que ello conlleva es incompatible con la paz. Por lo que los recursos liberados por el desarme deberán ser destinados al desarrollo económico, social y cultural de los pueblos (Art. 7.2 de la Declaración de Santiago).
El ponente analizó a continuación la resolución 1973 (2011) del Consejo de Seguridad, que autorizó el uso de la fuerza para la protección de los civiles en Libia e imponer la prohibición de vuelos en el espacio aéreo libio. La resolución es conforme al derecho internacional, pues se basa en la responsabilidad de la comunidad internacional de proteger a la población civil cuando el Estado no puede o no desea hacerlo.
Sin embargo, como puso de relieve la declaración conjunta sobre Libia del OIDHP
(Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz) y de la AEDIDH publicada el 7 de abril de 2011 (ver anexo), la actuación del Consejo de Seguridad es éticamente censurable porque las cinco potencias con derecho a veto manejan la mayor parte del mercado internacional de armas; la composición del Consejo de Seguridad es antidemocrática y sus métodos de trabajo no permiten la participación de la sociedad civil; y la legitimidad de sus
decisiones está mermada por la selectividad política y el doble rasero.
Conforme al derecho humano a la paz, es necesario acabar con la impunidad y el doble rasero del Consejo de Seguridad, al menos en los casos de mayor gravedad. Además, los Estados tienen la obligación de adoptar medidas preventivas de violaciones a los derechos humanos y del derecho humano a la paz, no solamente represivas.
D.ª Tica Font i Gregori, directora del Instituto Catalán Internacional por la Paz y miembro del Centro de Estudios por la Paz Delàs, abordó la exportación de armas por parte de España, que en 2009 alcanzó el record de 1.346,52 millones de euros, lo que supuso un incremento del 44,1% respecto a 2008, lo que sitúa a España en el sexto lugar del ranking mundial de exportadores de armas. Entre sus principales clientes, destacan países en los que existen conflictos armados (Colombia, Israel), sufren tensiones internas (Filipinas,
Indonesia, Sri Lanka) o están históricamente enfrentados (India, Pakistán). En otros casos, se trata de países en los que son frecuentes las violaciones a los derechos humanos (Marruecos, Arabia Saudita, Turquía), o figuran entre los más pobres del mundo (Burkina Faso, Angola, Kenya, Mauritania).
Muchas de esas ventas transgreden la ley española de control de exportaciones de armas, pero se benefician de la impunidad que supone su consideración de secreto de Estado, por lo que el Gobierno no informa debidamente al Congreso sobre el tipo de armas cuya exportación se autoriza, ni sobre el país de destino. Muchas de esas exportaciones contribuyen a incrementar la inestabilidad regional o a alargar los conflictos ya existentes, con el consiguiente sufrimiento humano. En consecuencia, es necesario que la exportación española de armas sea más transparente y respetuosa con los derechos humanos de la población de los países destinatarios de esas armas.
A continuación el moderador del acto abrió el coloquio, invitando a los asistentes a participar en el animado debate que tuvo lugar con los ponentes del acto.
Concluido el debate, el moderador agradeció a los ponentes y a los asistentes y clausuró el acto.

ANEXO COMUNICADO
Luarca/Ginebra/Zaragoza (España), 7 de abril de 2011


Jamahiriya Árabe Libia

El Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz
y la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
consideran que la intervención de la ONU en Libia es conforme al Derecho internacional, pero éticamente censurable
La resolución 1973 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en adelante, CS), de 17 de marzo de 2011, invocando el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas (NU), exige la inmediata cesación del fuego y de toda violencia contra civiles; que las autoridades libias cumplan las obligaciones que les impone el derecho internacional de proteger a los civiles, satisfacer sus necesidades básicas y asegurar el tránsito de la asistencia humanitaria; y destaca que la crisis se debe solucionar respondiendo “a las demandas legítimas del pueblo libio”, mediante “un diálogo que conduzca a las reformas políticas necesarias para encontrar una solución pacífica y sostenible”.
A continuación, se autoriza a los Estados a adoptar “todas las medidas necesarias” para la protección de los civiles en Libia y las zonas pobladas, como Benghazi. La expresión “todas las medidas necesarias” incluye el uso de la fuerza como último recurso, proporcional y conforme al derecho internacional, según autoriza el Art. 42 de la Carta de las Naciones Unidas cuando todas las demás sanciones han demostrado ser inadecuadas.
Para prevenir posibles abusos el CS excluye “el uso de una fuerza de ocupación extranjera de cualquier clase en cualquier parte del territorio libio” (párrafo 4).
El CS también decidió “establecer una prohibición de todos los vuelos en el espacio aéreo” de Libia, a fin de ayudar a proteger a los civiles (párr. 6). Los Estados podrán también adoptar “todas las medidas necesarias” para hacer cumplir la prohibición de vuelos, en estrecha coordinación con el Secretario General de las Naciones Unidas (párr. 8) y la Liga de Estados Árabes.
El CS reiteró otras sanciones ya impuestas como el embargo de armas, la prohibición de vuelos procedentes de Libia, y la congelación de activos de las autoridades libias. También pidió al Secretario General la constitución de un Grupo de ocho personas expertas que asesorarán al Comité de Sanciones (representantes de los Estados) en la ejecución de las sanciones impuestas.
El uso de la fuerza limitado que el CS autorizó es conforme al Derecho internacional, pues se reconoce la “responsabilidad de proteger” a la población civil por parte de la comunidad internacional cuando los Estados concernidos no pueden o no desean hacerlo.
Además, el CS llegó a autorizar el uso de la fuerza como último recurso. En efecto, se habían intentado sin éxito medios pacíficos de arreglo, con participación de organizaciones regionales como la Unión Africana, la Liga de Estados Árabes y la Conferencia de Estados Islámicos; el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas condenó (25 de febrero de 2011) las violaciones producidas, estableció una Comisión internacional de investigación y solicitó a la Asamblea General de las Naciones Unidas la suspensión de Libia del Consejo de Derechos Humanos; y la Asamblea General sancionó a Libia con la suspensión del Consejo de Derechos Humanos. El CS también constató que las autoridades libias no acataron la resolución 1970 del CS, de 26 de febrero de 2011, que había exigido que se pusiera fin de inmediato a la violencia; pedido que se tomaran medidas para satisfacer las demandas legítimas de la población civil; permitir el acceso inmediato de veedores internacionales de derechos humanos, de los suministros humanitarios y médicos y de los organismos y trabajadores humanitarios, etc. La citada resolución también impuso a las autoridades libias sanciones previstas en el Art. 41 de la Carta de las Naciones Unidas, tales como la remisión de la situación al Fiscal de la Corte Penal Internacional; embargo de armas; prohibición de viajar a las autoridades libias; y congelación de activos de las mismas. Obviamente, el CS y el Secretario General de las Naciones Unidas deberán vigilar muy de cerca que los Estados que están utilizando la fuerza en nombre de la comunidad internacional no se extralimiten en su mandato. Ello ocurriría si se confirmaran informaciones según las cuales se habría bombardeado objetivos y población civil, se habría utilizado misiles con uranio enriquecido, o se habría introducido en territorio libio fuerzas extranjeras con objetivos de inteligencia o de asesoramiento militar. Por lo mismo, el embargo de armas debe ser total.
No obstante su legalidad, la actuación del CS es éticamente censurable porque la mayoría de los Estados Miembros de las Naciones Unidas, así como la sociedad civil en su conjunto, reclaman la corrección de sus déficits democráticos para recuperar la legitimidad que el CS tuvo en 1945. En este sentido debe recordarse que, conforme al Art. 13.8 de la Declaración de Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz, de 10 de diciembre de 2010, “la composición y los procedimientos del Consejo de Seguridad deberán ser revisados” a fin de que sean “transparentes” y permitan la participación en sus debates “de la sociedad civil y otros actores”.1
El directorio mundial de las cinco potencias que ganaron la Segunda Guerra Mundial en 1945 ya no representa las aspiraciones de los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas, y menos los deseos de paz de la sociedad civil. No es éticamente aceptable que las cinco potencias con derecho a veto en el CS manejen la mayor parte del mercado internacional de armas, que alcanzó en 2009 la escandalosa cifra de 1.350 miles de millones de dólares. El Consejo de la Unión Europea admite que Francia y Reino Unido vendieron armas a Libia en 2009 por valor de 44,3 y 25,5 millones de euros respectivamente. Según el SIPRI, en noviembre de 2010 se organizó una feria de armamentos en Trípoli a la que acudieron 100 empresas del sector, en ocasiones acompañadas por los representantes diplomáticos de sus respectivos países; de ellas, más de la mitad fueron del Reino Unido.
Mientras tanto, la humanidad se hunde en una crisis sistémica, medioambiental y de valores sin precedentes. La paz no es posible en un mundo con más de 1.000 millones de personas hambrientas y más de 1.500 millones de personas en situación de extrema pobreza.

La Declaración de Santiago —al igual que sus predecesoras— afirma que la paz y seguridad internacionales se conseguirán mediante el desarrollo económico y social de todos los pueblos, así como el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales de todos, sin discriminación. Sobre estos tres pilares, que también lo son de la Carta de las Naciones Unidas, se deberá construir el derecho humano a la paz. La sociedad civil así lo reclama a los Estados que han iniciado la codificación del derecho a la paz en el seno del de Derechos Humanos y de su Comité Asesor.
Por su parte, la Declaración de Alejandría sobre el Derecho Humano a la Paz, de 7 de diciembre de 2009, afirmó que el derecho humano a la paz es un prerrequisito fundamental para el ejercicio de los demás derechos humanos, incluido el derecho a un desarrollo sostenible y el derecho de los pueblos a la libre determinación.2
Además, el CS incurre constantemente en selectividad y doble rasero, lo que merma manifiestamente la legitimidad de sus decisiones, toda vez que no exhibió la misma determinación para proteger a civiles en otros conflictos recientes. La sociedad civil no entiende la doble vara de medir cuando se invoca la necesidad de proteger a civiles en unos casos y se silencia, se niega o incluso justifica en otros. Tampoco entiende ni comparte la proverbial e ignominiosa connivencia y permisividad de nuestros gobiernos con regímenes que, en el pasado o actualmente, no aseguran ni respetan las normas del derecho internacional de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario, o incurren en violaciones masivas, graves, sistemáticas o flagrantes de sus reglas. Poner coto a la impunidad y acabar con la selectividad o el doble rasero, cuando menos en los casos de mayor gravedad, es responsabilidad de la comunidad internacional organizada, pero también de nuestros gobiernos, a través de medidas preventivas y no solamente represivas.

El Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz, tiene la firme
determinación de exigirlo así y denunciar la colaboración de países democráticos con los gobiernos represores.

lunes, 18 de abril de 2011

Conferencia "La venta internacional de armas y los derechos humanos"

El pasado 7 de abril se celebró en el Colegio de Abogados de Zaragoza la conferencia titulada “La venta internacional de armas y los derechos humanos. Repercusión en los conflictos actuales.”, organizada por la sección de Derechos Humanos del Colegio.

La charla fue presentada por el Vice-Decano del Colegio, D. Cristóbal Ramo Frontiñán, y D. Luis Mangrané, miembro de la sección de DDHH, presentó a los ponentes D. Carlos Villan Durán y Dª Tica Font i Gregori.

D. Carlos Villan es Presidente de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) y centro su intervención en el Derecho Humano a la Paz, el conflicto actual en Libia y la importancia del papel de la sociedad civil.





Doña Tica Font i Gregori es Directora del Instituto Catalán Internacional por la Paz y miembro del Centro de Estudios por la Paz Delàs y realizó un exhaustivo análisis del comercio internacional de armas, el marco legal de las exportaciones en España y los destinos prioriarios de este comercio.





En la charla apareció la cuestión de la venta de armas a Marruecos. Carlos Villán afirmó que "no podemos tolerar que gobiernos democráticos como el español tengan una política internacional de venta ilimitada de armas a sátrapas y dictaduras en el mundo", añadiendo, en el caso de Marruecos, que "sabemos que las están dirigiendo hacia una represión contra los saharauis".

sábado, 2 de abril de 2011

La venta de armas y los derechos humanos




“ El Periodico de Aragón-Espacio 3”.



02/04/2011

EL 7 DE ABRIL A LAS 19.00 HORAS.
EN EL COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARAGOZA, EN LA CALLE DON JAIME.
ENTRADA LIBRE.
La sección de Derechos Humanos del colegio de Abogados ha organizado un coloquio sobre la venta de armas a países que vulneran los derechos humanos para el día 7 de abril, jueves, en el salón de actos del propio colegio, a las 19.00 horas. Intervendrán Carlos Villán Durán, presidente de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Tica Font i Gregori, directora del Instituto Catalan Internacional por la Paz y miembro del Centro de Estudios por la Paz Delàs.